
El 17 de mayo de 2018 el Tribunal Supremo ha emitido una sentencia importantísima para los trabajadores y las trabajadoras del sector de Contact Center que cobran incentivos y comisiones. Dicha sentencia reconoce el derecho de cobrar incentivos en vacaciones desde el 1 de enero de 2013. Estas cantidades se debían de haber percibido en la nómina de enero del año siguiente. De modo que dicha sentencia supone cobrar una paga de incentivos extra para los años 2013, 2014 y 2015, y media paga del 2016.
Explicamos esto último. El convenio firmado por CCOO y UGT, aunque ya estaba presentada esta demanda, no garantizaba el cobro de incentivos en vacaciones ni tan siquiera desde el año 2015, fecha de entrada en vigor del nuevo convenio. Más bien al contrario, CCOO y UGT con la firma del nuevo texto quisieron hacerle un enorme favor a la patronal, ya que las empresas sólo reconocían el derecho al cobro de incentivos en vacaciones desde mediados de 2016, y CCOO y UGT no hicieron absolutamente nada para evitarlo.
Como sabéis, desde CGT hemos hecho campañas masivas entre los trabajadores y trabajadoras de las empresas de Contact Center para que presentaran reclamaciones por estas cantidades desde enero de 2013. Por otra parte, CGT en solitario inició una demanda por conflicto colectivo en el que ya se nos daba la razón en primera instancia. La patronal presentó recurso y fue igualmente CGT quien elaboró, en solitario, la oposición a dicho recurso. Ahora que la sentencia es firme queremos deciros algo: que nadie os engañe tratando de ponerse medallas que no le corresponden. CCOO y UGT se limitaron a adherirse al procedimiento presentado por parte de CGT.
Por esto es importante que ahora todo el mundo que no haya presentado demanda por estas cantidades se ponga en contacto con CGT. No os fiéis de quienes no han movido un dedo para conseguirlo. No os fiéis de quienes han firmado un convenio incluso que ha tratado de impedir en el avance de este derecho.