
CGT logra una sentencia frente al abuso de las empresa con su
personal en teletrabajo
Hoy, hemos conocido la resolución de la sentencia interpuesta por la CGT frente a la multinacional de Contact Center GSS con respecto a la cláusula del contrato de teletrabajo, por la que se obliga a la plantilla a poner a disposición de la empresa el correo electrónico personal, y como era de esperar, la justicia ha dictaminado que no es legal que el trabajador/a tenga que poner a disposición de la empresa sus recursos personales para así tener opción a teletrabajar y más teniendo en cuenta que todo ello se produjo en plena emergencia sanitaria. Claramente la empresa, tal y como intentan hacer la gran mayoría de las que integran este sector, intentó aprovecharse de su poder haciendo que la gente se viera forzada a ceder su correo en aras de la seguridad.
Pues bien, la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado como derechos que ponga a disposición del personal de operaciones y en teletrabajo una cuenta de correo electrónico corporativo como medio necesario para trabajar y el derecho a facilitar los recursos para garantizar la comunicación entre la plantilla en teletrabajo y los sindicatos y los Comités de Empresa.
Además en CGT denunciamos que el abuso en teletrabajo se sigue dando, habiendo cerca de cien mil personas en esta modalidad sin regularizar sus derechos, cada vez parece que estamos más cerca de ser falsos autónomos y muchos seguimos sin ver ni un euro de los gastos, pese a que las empresas cada vez facturan más a nuestra costa, pues esto se les va a acabar, vamos a exigir que todas las empresas cumplan con las obligaciones del trabajo a distancia dado que el abuso es generalizado y esta sentencia nos respalda frente a la indefensión a la que solemos estar sometidas las plantillas.