• Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página
  • Inicio
  • CGT
    • Quiénes somos
    • Noticias
    • Elecciones
  • Emprecario
  • Convenio
    • Convenio colectivo vigente
    • Plataforma
    • Comunicados convenio
    • Tabla Salarial 2023/2024/2025/2026
  • Boletines
    • Atento
    • Digitex
    • Emergia
    • Extel
    • Ferroser 010 Linea Madrid
    • GSS
    • Konecta
    • Marktel
    • OEST – Orange España
    • Pepe Money
    • Qualytel Mayorel
    • Rainbow
    • Salesland
    • Sitel Iberica
    • Teleperformance
    • Teyame
    • Transcom
    • Unisono
    • Unitono
  • Contacto
Logotipo CGT Telemarketing

CGT - Sector Federal de Telemarketing

Confederación General del Trabajo - Sector Federal de Telemarketing

CGT CONSIGUE LUCHANDO LOS INCENTIVOS EN VACACIONES Y EL RECÁLCULO DEL ARTICULO 50 PARA TODO EL SECTOR DESDE 2013

5 de diciembre de 2018 por Sector Federal de Telemarketing

741-art50-vacaciones

El 5 de diciembre se ha conseguido por CGT poner fin a más de cuatro años de lucha tanto sindical como judicial. Una lucha en la que, digan lo que digan, casi siempre hemos estado solos y os vamos a explicar por qué. Los otros sindicatos que hoy han firmado este acuerdo en la mayoría de las ocasiones apenas si se han sumado a las sucesivas demandas conflicto colectivo contra la patronal presentadas por CGT y sus correspondientes recursos. Eso si ahora aparecerán todos en tromba  a colgarse las medallas.

¿Pero qué hemos conseguido?

Se ha conseguido que se pague la media de lo cobrado por los incentivos y comisiones durante el año, también en las vacaciones.

¿Y desde cuando tenemos que cobrarlo?

Tenemos que cobrarlo con carácter retroactivo desde el 18 de septiembre de 2013 hasta el momento que nuestra empresa lo ha pagado correctamente, en la mayor parte de las empresas en mayo de 2018

¿Por qué desde esa fecha?

CGT en solitario demandó a la patronal del sector y consiguió ese derecho para todas las personas que trabajan en sector. La Audiencia Nacional reconoció que con la demanda de CGT del 18 de septiembre de 2014 se interrumpió la caducidad y había derecho a percibir estas cantidades desde un año antes.

¿Cómo se calcula lo que tengo que cobrar?

Se suman todos los importes cobrados a lo largo del año, se dividen entre 330 días que "trabajamos"  y se multiplican por los 32 días de vacaciones que disfrutamos. En los años no trabajados íntegramente el cálculo será proporcional.

¿Existe alguna razón para que la patronal haya decidido pagar ahora a todo el mundo de alta en las empresas y no solo a quien ha reclamado judicialmente.

Sí claro que hay una razón, los requerimientos que han recibido todas las empresas de la Inspección de Trabajo amenazando con sanciones ante las denuncias presentadas por CGT. Sobre este particular ha sido fundamental la reunión mantenida por CGT con el Director General de Empleo y con la Directora General de la Inspección de Trabajo. Es el único sindicato que ha denunciado estos hechos para impedir que las cantidades prescribieran.

 

¿Debo cobrar alguna cantidad más?

Sí, en la nómina de cada mes de enero cobramos un importe por la media anual de los pluses de idiomas, festivos, domingos y nocturnidad. Ese importe se estaba calculando indebidamente por las empresas ya que el convenio firmado por CCOO y UGT establecía una formula perjudicial para los trabajadores y trabajadoras. Hasta ahora se dividía por 360 y se multiplicaba por 30, desde ahora se divide por 330 y se multiplica por 32. La diferencia será pequeña, pero es nuestro dinero. Y todo esto desde un año antes de la demanda de CGT, desde el 18 de septiembre de 2013.

¿Cuándo voy a cobrar estos importes?

En la nómina de febrero de 2019.

¿Puedo reclamar si en esa fecha no estoy de alta en mi empresa?

Sí, una vez que el acuerdo se publique en el BOE todas las personas que hayan trabajado en una empresa del sector podrán reclamar que se le abonen estos importes.

 

Estamos hartos de los sindicatos que mienten, de los sindicatos que estafan. CGT publica con esta noticia el acta de la reunión del 5 de diciembre, y el acuerdo firmado. También publicamos las 6 sentencias, tres de instancia de la Audiencia Nacional, y tres sentencias del Tribunal Supremo. CGT ha presentado las 3 demandas, el único sindicato que ha demandado en todos los procesos. CCOO sólo puso una demanda (y fue una federación minoritaria que sólo tiene presencia en algunas empresas) y UGT sólo ha demandado la fórmula de cálculo, junto con CGT, de los incentivos jamás demandaron nada.

CGT ha puesto miles de demandas de trabajadoras y trabajadores del sector y ha interpuesto denuncias ante la inspección de trabajo. En los últimos meses empezaron a llegar las sentencias y las resoluciones de la Inspección. Este acuerdo no ha llegado porque sí, sino por la lucha consciente de una organización con principios. Lo demás es ruido.

an_196-2014_incentivos_11-12-2014.pdf Descarga
ts_496-2016_incentivos_08-06-2016.pdf Descarga
an_2-2017_retroactividad_18-01-20107.pdf Descarga
ts_536-2018_retroactividad_17-05-2018.pdf Descarga
an_163-2016_nulidad_03-11-2016_boe-a-2016-11571.pdf Descarga
ts_159-2018_nulidad_15-02-2018.pdf Descarga
acta_de_acuerdo_nulidad_formula_de_calculo_e_incentivos_y_comisiones.pdf Descarga

Publicado en: Noticias Etiquetado como: 2013, 2018, articulo 50, incentivos, vacaciones

Barra lateral principal

  • Correo electrónico
  • Facebook
  • RSS
  • Twitter
  • YouTube

Emprecario

Emprecari@ mayo 25

19 de mayo de 2025

Comunicados convenio

EL SUPREMO CONFIRMA QUE EL PERMISO DE HOSPITALIZACIÓN ES DE 5 DÍAS LABORABLES

3 de diciembre de 2025

Elecciones

Elecciones en TEYAMÉ 360 (Barcelona).

10 de abril de 2026

Suscríbete por email

Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.
Cargando

Etiquetas

061 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 ABAI Atento Barcelona convenio covid despido DESPIDOS Digitex Digitex - Madrid Elecciones emprecario ERE ERE Atento 2014 ERTE extel Extel - Malaga GSS GSS - Madrid huelga Konecta Konecta - Madrid Konecta - Madrid - BTO - Alcobendas Madrid negociacion convenio negociacion convenio 2020 qualytel Sevilla Sitel Sitel Iberica - Sevilla Sitel Iberica - Sevilla - Republica Argentina TELEPERFORMANCE TELETRABAJO Transcom Unisono Unisono - Madrid Unisono - Valencia

Footer

Categorías

  • Atento
  • Comunicados convenio
  • Digitex
  • Elecciones
  • Emergia
  • Emprecario
  • Extel
  • Ferroser 010 Linea Madrid
  • Foundever
  • GSS
  • Konecta
  • Marktel
  • Noticias
  • OEST – Orange España
  • PAPERNEST
  • Pepe Money
  • Qualytel Mayorel
  • Rainbow
  • Salesland
  • Sitel Iberica
  • Teleperformance
  • Teyame
  • Transcom
  • Unisono
  • Unitono

SOBRE SECTOR FEDERAL DE TELEMARKETING

Ante la necesidad de una mayor organización y coordinación entre las secciones sindicales de la Confederación General del Trabajo en el Telemarketing, en un Pleno de Secciones Sindicales celebrado en Madrid los días 27 y 28 de Septiembre de 2001, se acordó la constitución de la Coordinadora Estatal de Telemarketing de CGT, encuadrada dentro de la estructura de la Federación Estatal de Transportes y Comunicaciones de CGT, como un ámbito de coordinación y acción sindical sectorial específico. El 5 de Septiembre de 2014 tras pleno estatal de la «Coordinadora Estatal de Telemarketing» se aprueba por mayoria de dos tercios la constitución del sector pasando a ser desde ese momento «Sector Federal de Telemarketing».

Conecta con nosotros

  • Correo electrónico
  • Facebook
  • RSS
  • Twitter
  • YouTube

Copyright © 2026 · CGT · Sector Federal de Telemarketing · Acceder