Por tercera vez lo ha dicho la Inspección de Trabajo y lo reproducimos tal cual para que no queden dudas: “En ningún caso dicha adecuación de la codificación significa que el trabajador/ a no puede acudir al aseo cuando lo necesite o adecuar esta necesidad a las pausas legales establecidas, bastará con que avise a su mando inmediato con el fin de no alterar con ello el buen funcionamiento de la plataforma, utilizando para esta pausa la codificación RET DESCANSO.”
Ante esta resolución está claro que se puede mear (y cagar), siempre que tengas ganas y suerte de encontrar papel higiénico y bastará con avisar de ello a nuestro mando inmediato. Y no nos pueden decir que vayamos más tarde o que no vayamos, si esto ocurre comunicadlo de forma inmediata a cualquier delegado de CGT para tomar las medidas oportunas.
Tampoco pueden computarnos este tiempo como descanso, por eso la empresa tendrá que buscarse la vida para computar este tiempo sin que cuente como PVD o descanso largo.
Si recibes una carta comunicando que te has excedido en tu tiempo de descanso, ponte de forma urgente en contacto con nosotros para tomar las medidas legales oportunas.
CGT denunció la situación cuando se produjeron los primeros casos de amonestaciones por este motivo, sin embargo, ni el resto de sindicatos en la empresa ni los delegados de salud laboral han movido un solo dedo, les pillaría la cosa cagando.