Tras la aplicación de la reforma laboral, una trabajadora de Konecta BTO prefirió seguir en su puesto a pesar de estar gravemente enferma.
“Su muerte ha sido como la del soldado desconocido”. Sentado en un bar del centro de Móstoles, Mounir habla de su hermana Latifa con algo de impotencia. De rabia hacia un sistema laboral que, a cambio de menos de mil euros al mes, ha acabado con una vida. “Como si se tratara de un despido o de una baja voluntaria”. El miedo al despido tras la aplicación de la nueva reforma laboral fue el detonante de la muerte de su hermana.
La familia de Latifa y Mounir llegó a España desde Marruecos hace 30 años. A mediados de los años ‘90, tras pasar por una ONG, Latifa comenzó a trabajar como teleoperadora. Desde entonces, levantarse a las cuatro de la mañana, coger el bus, subirse al Cercanías, cambiar de tren y llegar hasta Tres Cantos se convirtió en un ritual diario. Allí pasaba el día en el centro del Grupo Konecta. Con ella, otros 700 trabajadores, una mínima parte de los más de 14.000 (más del 70% son mujeres) con los que cuenta la empresa en todo el Estado. En 2011 generaron, según datos de la misma compañía, beneficios por 290 millones de euros.
Konecta, en un 40% propiedad del Banco Santander, en un 10% de Liberty y socios minoritarios, asume las campañas de telemarketing de grandes firmas. Lo normal en el sector: “Para entender mejor su funcionamiento te lo puedes imaginar como el de una ETT”, explica un grupo de trabajadores de la empresa a este periódico. Por eso Latifa había trabajado para Airtel, para Autoclub Mutua y gestionando becas para el Santander, pero siempre bajo un contrato indefinido con Konecta.
A pesar de su título universitario como informática, de sus años de experiencia y de sus infatigables ganas de trabajar que recuerdan sus compañeros en la empresa, Latifa nunca fue promocionada. Tampoco vio crecer los 934 euros netos mensuales a los que se añadían las partes proporcionales de las pagas extra. Un sueldo que tenía que dar para mantener a su madre de 77 años, enferma de corazón y sin pensión. A pesar de haber cotizado siete años como asistenta, ésta estaba a cargo de Latifa en la Seguridad Social. Es fácil entender, pues, lo que recuerdan tanto los compañeros de trabajo como el hermano: “nunca renunciaba a hacer horas extra: necesitaba el dinero”.
Baja justificada
Tampoco renunció en diciembre, cuando cogió todas las horas extras que podía hacer. No descansó ningún día. Los domingos era Mounir quien la acompañaba hasta la estación de trenes de Móstoles: “Una de esas mañanas encontré a mi hermana tirada en el suelo”. Un desfallecimiento debido a la falta de descanso, según confirmarían poco después las pruebas en Urgencias. La consecuencia, una baja justificada. Pero a pesar de las advertencias, después de 15 días cogió un alta voluntaria y volvió a su puesto de trabajo.
A comienzos de febrero, los representantes de CGT en la empresa recuerdan cómo un coordinador hizo referencia a la Reforma Laboral del actual Gobierno. En concreto, a una de las modificaciones legales que ha introducido: una baja médica justificada entre nueve y 20 días es causa de despido procedente. Un cambio del marco laboral que Konecta no tardó en aplicar en otra de sus sedes. En Güeñes (Vizcaya), donde ofrece sus servicios a Iberdrola, 11 trabajadoras fueron cesadas en marzo de este año siguiendo esta misma norma que desde Euskal Sindicatua califican de “despido encubierto”.
Ante este escenario, Latifa siguió acudiendo a la oficina de Tres Cantos a pesar de su precario estado de salud. Sus compañeros recuerdan que “un día llegó al trabajo que casi no respiraba”. Una vez trasladada a su centro de salud, pudieron comprobar que tenía una capacidad respiratoria del 20%. Por ello, a comienzos de marzo ingresó en la UCI del Hospital de Fuenlabrada. Allí falleció el 19 del mismo mes por neumonía. El hermano recuerda que su última preocupación fue que alguien advirtiera a la mutua de su ausencia laboral por enfermedad grave.
La compañía, lamenta Mounir, no preveía contratar seguros de vida para sus trabajadores: “Nuestra familia pagó todos los gastos del funeral y del traslado del cuerpo hasta Marruecos, donde la familia pudo despedirse de ella”. De la empresa, añade, “ni una llamada, ni una carta”. Los compañeros de trabajo de Latifa señalan que la razón puede encontrarse en la actitud del departamento de recursos humanos de la empresa: “Latifa… ¿quién?” fue la respuesta que obtuvieron al preguntar si podían colgar unos carteles en recuerdo de la compañera fallecida. A pesar de esto, los responsables de dicho departamento aseguran a este periódico que conocían «muy bien» a Latifa.
Sentado en el bar de la periferia madrileña, Mounir recuerda a Dimitris Christoulas, el pensionista que se quitó la vida en Grecia ante la situación desesperada en la que se encontraba. La muerte de Latifa no fue voluntaria ni dejó el tiempo para una nota de despedida. También fue la de un “soldado desconocido” caído en la batalla diaria para llegar a fin de mes.
UN CONVENIO QUE MANTIENE LA PRECARIEDAD
El caso de Latifa, por cuanto extremo, refleja la situación de precariedad de las trabajadoras de telemarketing, un sector con un 85% de mujeres en plantilla a nivel estatal. El IV convenio quedó congelado desde 2009 hasta su firma, el 23 de mayo de 2012. Contrariamente a CCOO y UGT, el sindicato CGT no lo firmó. “Incluye una subida salarial del 0,5% en los primeros tres años. Para 2013, el aumento salarial será del 0,6%, y del 0,7% para 2014”, explica Celestino Mateo Martí, de la sección sindical de CGT de Teleperformance España. El convenio mantiene además el polémico artículo 17. Este punto establece la extinción del contrato por obra o servicio por disminución del volumen de la campaña contratada, dejando libertad al empresario para cuantificar dicha disminución. Se trata, según la CGT, de un “método legal para despedir a diario e impunemente” en un sector donde el contrato por obra se ha extendido hasta el máximo legal permitido, cuatro años.
En el caso de Konecta, ha sido UGT quien ha denunciado que la empresa está utilizando la Reforma Laboral para la aplicación del despido disciplinario: esto “conlleva únicamente un finiquito de las vacaciones y parte de las pagas extras devengadas hasta la fecha”. No existe ningún tipo de indemnización: “liquidación y al paro”, señala el sindicato.