Gracias a la demanda interpuesta en solitario por la CGT quien use cualquiera de los permisos retribuidos que establece el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, o del artículo 28 del Convenio Colectivo, tendrá derecho a seguir cobrando los complementos de domingos, el plus de festivo, el plus de nocturnidad y el plus de […]