El Tribunal Supremo nos da la razón y se ratifica en la sentencia ganada en la Audiencia Nacional contra la empresa Atento.
Esta sentencia aborda dos cuestiones de gran calado. El primero de los puntos hace referencia al derecho de los trabajadores/as a disfrutar los permisos semanales íntegros, sin que puedan solaparse con días festivos. Esto significa que de coincidir un día de descanso semanal con un día libre festivo, en los casos de personas que trabajan en régimen de turnos y que que no tienen establecido el
descanso semanal siempre en los mismos días, la empresa debe o bien mover a otro día laborable el descanso semanal, o compensar ese día dándoles otro. Esto supone un gran avance para la clase trabajadora ya que muchas empresas, hasta el momento, no estaban compensando esos días y hacían que las plantillas los perdiesen.
La segunda cuestión que aborda, es referente a los permisos de lactancia. Este permiso se concede a los/as progenitores/as, durante los primeros nueve meses de vida del menor, disfrutar de la reducción de una hora diaria de su jornada o bien acumular esas horas en una quincena. Si tras decidir disfrutar de este permiso acumulado, el/la trabajador/a solicitaba una excedencia por cuidado de menor, se le descontaba de su nómina el periodo proporcional de lactancia disfrutado, alegando que si no estaban esos primeros nueve meses trabajando, no generaban derecho al permiso de lactancia. Pues eso ya se acabó, ya que la sentencia resuelve que no se puede castigar a quien necesite cuidar de sus hijos/as, ya bastante perjuicio económico causa el estar de excedencia sin cobrar por lo que ya no se descontará nada si tras la lactancia se solicita una excedencia o se causa baja de la empresa.
Consideramos que estas cuestiones, son un gran avance para las plantillas de telemarketing y nos impulsan a seguir luchando por dignificar nuestro sector y para mejorar día a día nuestras condiciones.