El 20 de febrero de 2024, los/as Representantes Legales de las Personas Trabajadoras (RLPT), nos hemos reunido en el SIMA, que es un organismo de intermediación para resolver conflictos laborales, para abordar la problemática de las Consolidaciones de Jornada.
KONECTA BTO tiene desde hace años y de manera pionera en el sector de telemarketing un Acuerdo de Ampliaciones por el cual si las personas trabajadoras amplían su jornada durante un período determinado, ya sea de forma continua o discontinua, consolidan la totalidad de la jornada ampliada. Este acuerdo fue una victoria de CGT contra KONECTA a finales de 2019 cuando, en solitario, demandamos este atropello, obteniendo una irrefutable mejora con respecto a lo que tenían en aquel momento, ya que ni el Estatuto de los trabajadores (ET) ni el Convenio Colectivo de Contact Center (CC) vigente en aquel entonces, permitían ampliar jornadas sin consolidarlas en ningún momento.
Por su parte CCOO y UGT no quisieron firmar este acuerdo, una decisión vergonzosa que han pretendido expiar con la inclusión, en 2023, del artículo 27 de Consolidación de jornada en el nuevo Convenio Colectivo, donde si aparece reflejado este derecho gracias a que CGT en 2019 lo introdujo en la principal empresa del telemarketing abriendo brecha y forzando a que nuestro Convenio regulase de una vez uno de los principales fraudes de este sector, como son las contrataciones a medias jornadas y las ampliaciones a su antojo sin modificar el horario.
En el día de hoy, UGT y CCOO demandan que se aplique el Convenio Colectivo y que se deje de aplicar el acuerdo firmado por CGT en KONECTA BTO, pero su petición no tienen ningún asidero objetivo, debido que carece de información concreta que avale en su totalidad la medida más beneficiosa para las personas trabajadoras.
Es falso que con el Convenio se consolide la ampliación de jornada o una parte cuando se ha ampliado durante 110 días, puesto que es necesario que el resultado de una formula sea mayor que 1; se podría ampliar durante años sin consolidar ni un minuto, lo que puede ser positivo en ampliaciones de más de 9 horas a la semana, no así en ampliaciones de menos horas.
Desde CGT hemos pedido a KONECTA que nos facilite la información estatal sobre las ampliaciones de jornada y abrir una mesa con toda la RLPT donde evaluar si se debe aplicar el Convenio Colectivo o el acuerdo de ampliaciones como condición más favorable, ya que es necesario saber las ampliaciones más habituales para decidir qué es lo más favorable para la plantilla.
Es un acto de responsabilidad saber qué es mejor para poder decidir bien, y para ello se ha solicitado a Konecta que facilite toda la información, cuestión que, como no podía ser de otro modo ha obtenido una negativa como respuesta, con el objetivo de entorpecer la labor de la parte social y planteando que se elija a ciegas entre ambos sistemas de cálculo. Esta actitud de la empresa es vergonzosa, intentando generar un conflicto a costa de los/as trabajadores/as del sector en vez de intentar negociar un plan que pueda integrar mejoras de ambos sistemas.
Como era de esperar, nos veremos forzados a acudir a la Audiencia Nacional por la falta de acuerdo, puesto que parece que a CCOO y UGT solo les importa que se aplique su acuerdo, pero desde CGT velaremos por lo que sea más favorable con datos objetivos, lo firme quien lo firme.