La Comisión Paritaria de Interpretación del Convenio la forman la patronal, CCOO y UGT (es decir, lxs firmantes del convenio). Su misión, por la que CCOO y UGT tienen un buen punado de liberadxs, consiste en aclarar las dudas de los artículos firmados en el convenio cuando hay discrepancias en la interpretación de los mismos.
A CGT se nos ha negado siempre el acceso a esta documentación que debería ser publica y la hemos conseguido hace muy poco gracias a que una sentencia judicial les ha obligado a entregarla. Tras su estudio hemos podido ver como ¡¡¡durante 5 convenios!!! se han ido repitiendo una y otra vez las mismas consultas, por trabajadores/as, secciones sindicales y empresas, y como se zanjaban los temas sin acuerdo. Pese a ello, esto no ha hecho que se clarifique en una sola coma el redactado de los artículos problemáticos de un convenio a otro.
Por otra parte, cuando la Comisión Paritaria ha llegado a algún acuerdo, que al mantenerlo en secreto ha quedado sin aplicación, y hasta ha perjudicado a lxs trabajadorxs que han tenido que litigar en los tribunales cuestiones que ya estaban resueltas. ¡Hasta hay empresas de la ACE que, por ejemplo, han negado a lxs trabajadorxs el derecho a coger menos de 15 días de excedencia especial cuando este tema ya estaba resuelto hace tiempo en un acta de la comisión paritaria! Habría que preguntar a los sindicatos que conocían estas cuestiones por que no dijeron nada, permitiendo que se vulnerasen derechos a lxs trabajadorxs, o porque suscribieron acuerdos absolutamente nocivos como decir que cuando un trabajador se reincorpora a la empresa después de ser despedido por la disminución del volumen de llamadas puede ser contratado con un horario distinto, una jornada diferente y la categoría que a la empresa le venga en gana.
Para CGT es lamentable y una falta de responsabilidad que convenio tras convenio se repita el mismo texto que genera problemas sin aclarar lo que significa, y que ni siquiera se incorporen las interpretaciones sobre las que ya hay acuerdo. Esto solo beneficia a las empresas que quieren desvalijar los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Nos referimos por ejemplo a como se calcula el salario convenio en caso de baja, a como se calcula la jornada máxima para lxs trabajadorxs que no están de alta todo el año, cuales son las obligaciones de las empresas cuando pierden o ganan una campaña, la forma de distribuir los días o periodos de las excedencias especiales, como se hace el cómputo para determinar el número de indefinidxs que debe tener cada empresa o los conceptos que hay que retribuir en vacaciones o el número de PVDs.
En la reunión de la comisión negociadora de convenio celebrada el 9 de septiembre y a propuesta de CGT, se han tratado las cuestiones sometidas a la Comisión Paritaria de los últimos tiempos, tanto aquéllas que se resolvieron con acuerdo como las que se cerraron sin que quienes firmaron del convenio supieran decir cuál era el verdadero sentido de lo que habían firmado (casi la mitad de las mismas, por otra parte). Tras esta reunión se ha manifestado por todas las partes la necesidad de darle una redacción más clara, concreta y precisa para los artículos que más discrepancias han provocado y a incluir los acuerdos alcanzados en la comisión paritaria, para su aplicación en todas las empresas, solo en el supuesto de que continúe la redacción de ese articulado sin cambios.
En todo caso CGT no pretende simplemente mantener el mismo texto de pasados convenios con el añadido de las oscuras Comisiones Paritarias. CGT quiere mejorar las condiciones de lxs trabajadorxs sin que pactos ajenos y secretos a la negociación de convenio sean de uso particular.