En Madrid en la empresa Sitel Iberica Teleservices había una campaña de Contact Center que llevaba prestándose desde el año 2007. Esta campaña de atención telefónica del cliente REDSYS (Antes llamado SERMEPA) se dedica a atender a los comercios cuando tienen problemas con los terminales de pago (también llamados datáfonos o TPV) y a los clientes de 4B y de SERVIRED cuando perdían la tarjeta y querían anularla. Empleo que debería ser estable porque este servicio no ha terminado y va a seguir prestándose. Las tarjeras de crédito cada día se usan más.
Sin embargo, a partir del 27 de abril de 2017, 116 trabajador@s de esta campaña se enfrentan a un ERE por causas productivas y organizativas. ¿Por qué?
Este ERE es una de las primeras consecuencias del preacuerdo de convenio alcanzado por CCOO-UGT y la patronal del sector (Asociación de Contact Center Española).
La subrogación en caso de cambio de contrata era uno de los puntos fundamentales de la negociación de convenio, reivindicado por CGT pero también por CCOO-UGT en la mesa. Sin embargo este punto fundamental fue abandonado con la firma del preacuerdo de convenio y este ERE es una consecuencia automática.
Vamos a explicarlo detenidamente. La campaña Redsys ha decidido cambiar de contrata. Le ha quitado el servicio a Sitel y se lo ha dado a Konecta, dos empresas de la patronal ubicadas en Madrid. El trabajo no ha cambiado, seguirá siendo el mismo. Sin embargo, como en el convenio en estos casos no se contempla la subrogación SITEL ha presentado un expediente de regulación de empleo (ERE) que afectará a 116 trabajador@s que venían prestando servicio para este cliente. Todo apunta a que la empresa alegará que es un ERE de causas organizativas y productivas, tal y como ya hizo en el pasado en numerosas ocasiones. Sin embargo no existe ninguna causa para estos despidos ya que el servicio seguirá existiendo, con las mismas aplicaciones y con las mismas llamadas en Madrid, sólo se produce un cambio de centro de trabajo y de subcontrata.
En un sector como el de telemarketing ésta cuestión es fundamental, ya que es un sector basado en la prestación de servicios para terceros en régimen de subcontratación. Son habituales, por tanto, los cambios de empresa subcontratada. Cada vez que se produce un cambio de este tipo se pone en peligro, por tanto, la continuidad en el empleo de los trabajadores y las trabajadoras que venían prestando servicio para esa empresa cliente. Por este motivo hay que valorar en su justa medida el tipo de contrato que tienen l@s trabajador@s. Disponer de un contrato indefinido en condiciones tan inestables no es garantía de nada. Es más, nos tememos que a medida que se incremente el número de indefinidos en las empresas, por medio de la aplicación de la concatenación de contratos de obra o bien por la aplicación de la reforma laboral, que forzará la conversión de contratos de duración superior a cuatro años, el número de empresas que presenten ERE´s similares se irá incrementando.
Sólo la subrogación podría asegurar la mantenencia del empleo de las personas afectadas, y por ello esta era y es una reivindicación mollar de la CGT. Lo demás son naipes marcados.
Nos tememos, asimismo, que en este proceso ocurra como en los ya recurrentes procesos de ERE que han tenido lugar en esta misma empresa durante los últimos años. La destrucción de empleo ha sido brutal en Sitel, y la empresa siempre ha contado, en todos los casos anteriores, con la complicidad de CCOO y UGT, que han firmado acuerdos que han propiciado esa destrucción de empleo.
La falta de coherencia se evidencia en situaciones como la actual. Y ciertamente no se ha tratado de una falta de previsión por parte de los firmantes del preacuerdo de convenio: se trata, más bien, de todo lo contrario. Vender a la gente que se ha conseguido hacer muchos indefinidos (que vienen además forzados por sentencias ganadas por CGT como el caso del TSJ de Andalucía) y posteriormente dejar la puerta abierta para que la gente pierda su empleo en caso de cambio de contrata. Algo que, como decíamos antes, es de lo más habitual en su sector como el nuestro.
Sin embargo, en opinión de CGT y de su asesoría jurídica, y remontándonos a los procesos que han tenido lugar en la misma empresa con anterioridad, ha sido habitual la no concurrencia de causas reales que sustenten esta decisión empresarial. Estudiaremos detenidamente la documentación que entregue la empresa durante el proceso negociador y tendremos presentes los derechos de los trabajadores, muy presentes, por encima de cualquier otra consideración. La mantenencia del empleo de estos compañeros y compañeras es, en estos momentos, nuestra máxima prioridad.