• Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página
  • Inicio
  • CGT
    • Quiénes somos
    • Noticias
    • Elecciones
  • Emprecario
  • Convenio
    • Convenio colectivo vigente
    • Plataforma
    • Comunicados convenio
    • Tabla Salarial 2023/2024/2025/2026
  • Boletines
    • Atento
    • Digitex
    • Emergia
    • Extel
    • Ferroser 010 Linea Madrid
    • GSS
    • Konecta
    • Marktel
    • OEST – Orange España
    • Pepe Money
    • Qualytel Mayorel
    • Rainbow
    • Salesland
    • Sitel Iberica
    • Teleperformance
    • Teyame
    • Transcom
    • Unisono
    • Unitono
  • Contacto
Logotipo CGT Telemarketing

CGT - Sector Federal de Telemarketing

Confederación General del Trabajo - Sector Federal de Telemarketing

CGT OBTIENE OTRO DESPIDO IMPROCEDENTE POR ABSENTISMO

16 de marzo de 2016 por Sector Federal de Telemarketing

300-legal-salud

Ese auténtico filón, una de las medidas más crueles y perversas de la reforma laboral de 2012, que empresarios y sus amigos del PP en el Gobierno habían creído encontrar en el despido objetivo por absentismo del Art. 52.d del Estatuto de los Trabajadores parece que empieza a tambalearse judicialmente. Recordemos que este artículo, que ya existía con anterioridad pero raramente se aplicaba por la dificultad de reunir todos los requisitos exigidos por la ley, rebajó notablemente dichas exigencias para facilitar los despidos por ausencias incluso justificadas y de paso fomentar el presentismo en todas las empresas y particularmente en el sector de Contact Center, con el consiguiente perjuicio para un derecho fundamental como es la salud de los trabajadores/as.

En este caso hablamos de una notable sentencia obtenida por los servicios jurídicos de CGT el pasado 26 de febrero, en la que una trabajadora de Konecta BTO ha visto reconocido su despido como improcedente por el Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid. Este pronunciamiento marca un hito porque parece que ya a las empresas no les bastará con una calculadora para incluso ejecutar posibles despidos colectivos encubiertos – aunque por desgracia la ley no los incluya en el cómputo para reconocerlos como tales – de trabajadores/as que puedan resultar más o menos molestos. Resulta que Konecta BTO ha hecho gala una vez más de su chapucería, su incompetencia y su desprecio a la legalidad aportando pruebas inadmisibles para el cálculo de los días hábiles que deben tenerse en cuenta para esta clase de despido, y que además la juez ha entendido que la patología de la trabajadora bien podía considerarse como una sola y por tanto todas sus ausencias equivalían a una sola baja de larga duración, que como sabemos no se computan (a partir de 21 días) para estas extinciones.

No podemos sino alegrarnos enormemente de que esta auténtica tropelía laboral, aparentemente tan inexpugnable, empiece a verse puesta en entredicho por los tribunales, y esperamos que los jueces vayan tomando cartas en un asunto que vulnera seriamente derechos fundamentales en claro y abusivo beneficio de la patronal.  Adjuntamos la sentencia.

Una vez más se demuestra que SI LUCHAS PUEDES PERDER, SI NO LUCHAS ESTÁS PERDID@.

Sentencia-Absentismo.pdf Descarga

Publicado en: Noticias Etiquetado como: 2016, absentismo, despido

Barra lateral principal

  • Correo electrónico
  • Facebook
  • RSS
  • Twitter
  • YouTube

Emprecario

Emprecari@ mayo 25

19 de mayo de 2025

Comunicados convenio

EL SUPREMO CONFIRMA QUE EL PERMISO DE HOSPITALIZACIÓN ES DE 5 DÍAS LABORABLES

3 de diciembre de 2025

Elecciones

Mantenemos representación y crecemos en votos en Globalia. (Baleares)

15 de enero de 2026

Suscríbete por email

Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.
Cargando

Etiquetas

061 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 ABAI Atento Barcelona convenio covid despido DESPIDOS Digitex Digitex - Madrid Elecciones emprecario ERE ERE Atento 2014 ERTE extel Extel - Malaga GSS GSS - Madrid huelga Konecta Konecta - Madrid Konecta - Madrid - BTO - Alcobendas Madrid negociacion convenio negociacion convenio 2020 qualytel Sevilla Sitel Sitel Iberica - Sevilla Sitel Iberica - Sevilla - Republica Argentina TELEPERFORMANCE TELETRABAJO Transcom Unisono Unisono - Madrid Unisono - Valencia

Footer

Categorías

  • Atento
  • Comunicados convenio
  • Digitex
  • Elecciones
  • Emergia
  • Emprecario
  • Extel
  • Ferroser 010 Linea Madrid
  • GSS
  • Konecta
  • Marktel
  • Noticias
  • OEST – Orange España
  • Pepe Money
  • Qualytel Mayorel
  • Rainbow
  • Salesland
  • Sitel Iberica
  • Teleperformance
  • Teyame
  • Transcom
  • Unisono
  • Unitono

SOBRE SECTOR FEDERAL DE TELEMARKETING

Ante la necesidad de una mayor organización y coordinación entre las secciones sindicales de la Confederación General del Trabajo en el Telemarketing, en un Pleno de Secciones Sindicales celebrado en Madrid los días 27 y 28 de Septiembre de 2001, se acordó la constitución de la Coordinadora Estatal de Telemarketing de CGT, encuadrada dentro de la estructura de la Federación Estatal de Transportes y Comunicaciones de CGT, como un ámbito de coordinación y acción sindical sectorial específico. El 5 de Septiembre de 2014 tras pleno estatal de la «Coordinadora Estatal de Telemarketing» se aprueba por mayoria de dos tercios la constitución del sector pasando a ser desde ese momento «Sector Federal de Telemarketing».

Conecta con nosotros

  • Correo electrónico
  • Facebook
  • RSS
  • Twitter
  • YouTube

Copyright © 2026 · CGT · Sector Federal de Telemarketing · Acceder